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  • Foto del escritorMónika Melo

Directrices de reforma orientadas al fortalecimiento y liquidez del ahorro previsional voluntario


A pesar de que muchas empresas optaron por mantener sus contratos de trabajo durante la pandemia, al 30 de junio de 2020 se reflejó una disminución de un 14 % de trabajadores registrados en comparación con el año anterior, mientras que entre marzo 2020 a enero 2021 un total de 829,824 trabajadores habían sido suspendidos. Para febrero de 2021 habían retornado a sus labores más de 464,000 trabajadores y 247,705 fueron despedidos.


Los estragos económicos sufridos durante la pandemia provocaron que el gobierno implementara programas de ayuda social para los trabajadores. Una medida que podría tener un impacto positivo de cara a futuras situaciones de estrés similares sería implementar medidas tendentes a fortalecer los aportes voluntarios al sistema previsional de la Ley 87-01, que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social (Ley 87-01).


Recordamos que la Ley 87-01 crea un sistema de pensiones basado en un modelo de ahorro con capitalización individual, y por tanto los fondos de los afiliados cotizantes se conforman por las cotizaciones obligatorias de empleadores y trabajadores (en el caso de régimen contributivo) y por las cotizaciones voluntarias realizadas en las cuentas de capitalización individual de los trabajadores afiliados. En la actualidad ambos tipos de aportes se realizan por un mecanismo de retención por parte del empleador de los montos correspondientes del salario del trabajador afiliado, y se reserva su uso para fines de pensión, sea por vejez, discapacidad o sobrevivencia.



Sin embargo, los aportes voluntarios podrían tener un tratamiento diferenciado, pues son los aportes obligatorios los que por su naturaleza están llamados a estar protegidos a los fines de asegurar las pensiones previstas por la ley. Si bien la finalidad principal de los aportes voluntarios es mejorar la pensión que será recibida al momento de retiro, pues regularmente las tasas de reemplazo del sistema pensiones resultan muy bajas, estos son aportes adicionales, complementarios, razón por la cual ​​muchos países que permiten conferir liquidez al ahorro voluntario.


Cabe señalar que el escaso desarrollo del ahorro voluntario en el sistema de pensiones dominicano no parece estar vinculado a una mala disposición hacia el ahorro por parte de la población. Se observa que aunque la población no esté completamente bancarizada, en el país existe una cultura de ahorro, tal y como se demuestra en estudio realizado por el Instituto OMG (IOMG) #institutoOMG.


En el IOMG entendemos que la estrategia para lograr el aumento de los aportes voluntarios sería 1) facilitar la realización de aportes directos a las cuentas de capitalización individual por parte de los afiliados; y 2) contar con un marco regulatorio más flexible en materia de aportes voluntarios para incluir la posibilidad de que se retiren los mismos para fines puntuales como serían: financiamiento del emprendimiento, adquisición o mejora de una vivienda familiar única; financiamiento de la educación del afiliado o sus dependientes; costear enfermedades terminales o catastróficas y/ o retiro puro y simple sin justificar causa alguna, cumpliéndose ciertas condiciones de porcentajes de retiro y tiempo de ahorro.


Estas medidas otorgarían a los afiliados que han hecho contribuciones voluntarias un mecanismo de liquidez inmediata ante escenarios de estrés. Como indicamos anteriormente, como parte de este diseño se deberá crear un proceso de aportes simplificado, ampliando las vías por las cuales los aportes voluntarios puedan ser realizados de manera directa por los trabajadores, y por igual, procesos simplificados de retiro en los supuestos antes indicados.


Pueden revisar la propuesta completa sobre este tema en el link: https://www.iomg.edu.do/investigacionesiomg


Finalmente, en la República Dominicana se han presentado varias propuestas para utilizar el ahorro obligatorio de los fondos de capitalización individual con el objetivo de palear los estragos económicos generados por la pandemia del COVID-19. El IOMG ha fijado posición sobre estas propuestas explicando que no es deseable usar el ahorro obligatorio de los fondos de pensiones como cuenta de ahorro para situaciones de emergencia, considerando que esto erosiona el Sistema previsional, atenta contra la pensión digna de los afiliados y fomenta el riesgo moral.

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